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Servicios // Bajas de vehículos

Se trata del supuesto en el que el titular del vehículo ha decidido desprenderse del mismo por su estado de antigüedad. La tramitación es diferente en función del tipo de vehículo que se pretende achatarrar.

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TURISMOS Y FURGONETAS DE MENOS DE 3.500 Kg
 

En este caso la baja se tramitará por Desguaces de Escobedo en un Centro Autorizado de Tratamiento, previa entrega del mismo. La tramitación se efectúa del siguiente modo.

TITULAR PERSONA FÍSICA

1.- Entrega al Centro el vehículo junto con la documentación (permiso de circulación, tarjeta de inspección técnica y DNI del titular).

2.- Firma la solicitud de baja que te entregará el centro.

TITULAR PERSONA JURÍDICA

1.- Entrega al Centro el vehículo junto con la documentación (permiso de circulación,  tarjeta de inspección técnica, copia del CIF de la empresa titular y DNI del Administrador de la sociedad).

2.- Firma la solicitud de baja y del Documento de representación de personas jurídicas que te entregará el Centro.

EN DESGUACES DE ESCOBEDO DEBEMOS ENTREGAR LOS DOS DOCUMENTOS:

a) Certificado de destrucción del veículo.

b) Justificante de la baja definitiva de la Dirección General de Tráfico indicativo de que el vehículo ha sido dado de baja en el Registro. Este documento te servirá para acreditar ante cualquier Administración que tu vehículo ha causado baja en Tráfico.

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RESTO DE VEHÍCULOS

Si llevas tu vehículo a DESGUACES DE ESCOBEDO Centro Autorizado de Tratamiento, no abonarás tasa alguna. Para ello debes aportar:

1.- Solicitud debidamente rellenada y firmada.

2.- Documentación del vehículo (permiso de circulación, tarjeta de inspección técnica, y DNI del titular del vehículo).

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BAJAS, ¿QUÉ DEBES SABER?

La baja es el trámite por el que el titular de un vehículo comunica al Registro de la Dirección General de Tráfico que lo retira de la circulación (temporal o definitivamente).

No podrás tramitar ningún tipo de baja, ya sea temporal o definitiva si existe anotado un precinto, es preciso cancelarlo previamente.

Los requisitos para dar de baja un vehículo son diferentes en función del tipo de baja que pretendas realizar.

Baja definitiva del vehículo

A través de este trámite comunicarás al Registro de la DGT la baja de un vehículo, que se retira de la circulación definitivamente. 

Baja definitiva por traslado del vehículo a otro país

A través de este trámite comunicarás al Registro de la DGT la baja de un vehículo por su traslado al extranjero, causando por tanto baja en dicho Registro definitivamente.

Requisitos previos

En las bajas definitivas por traslado a otro país, antes de solicitar la baja del vehículo deberá cancelar cualquier limitación de disposición que estuviera inscrita en el Registro de Bienes Muebles, salvo consentimiento expreso de la financiera.

Qué documentación necesitas

  • Identificación del interesado:

            Personas físicas: documento oficial que acredite tu identidad y domicilio (DNI, permiso de                     conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de                           Extranjeros).

            Personas jurídicas: tarjeta de identificación fiscal y acreditación de la representación e identidad             del que firme.

            Menores o incapacitados: datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que                     acredite el concepto.

  • Permiso de circulación.

  • Tarjeta de ITV.

En supuesto especiales

Además de la documentación anterior:

  • Vehículos agrícolas: documento acreditativo de la baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma, salvo acreditación telemática en el Registro de Vehículos de la DGT.

  • Baja definitiva por traslado a un país que no pertenezca a la Unión Europea: declaración responsable en la que conste que el vehículo no es un residuo.

  • Baja temporal por sustracción del vehículo: con carácter general, las bajas temporales por sustracción son comunicadas automáticamente por los Cuerpos y Fuerzas de seguridad del Estado, en el momento que se formaliza la denuncia, y en caso de no ser así, deberá presentar denuncia de la sustracción del vehículo.

Dónde presentarlo

Baja definitiva del vehículo

OBLIGATORIAMENTE se presentarán y tramitarán las bajas definitivas en el CAT.

Deberá entregar su vehículo en una instalación que exhiba esta placa identificativa.

 

 

 

 

No se podrá presentar este trámite en las Jefaturas y Oficinas locales de tráfico excepto la baja definitiva de los vehículos de época o históricos, con valor de colección o destinados a museos.

 

Si se trata de un vehículo turismo o asimilado, o un furgón o furgoneta hasta 3,5 Tm, o un vehículo con tres ruedas simétricas y con cilindrada superior a 50 CC,  el CAT se encargará de destruir el vehículo y emitir el certificado de destrucción. 

Para el resto de tipos de vehículos, a los que no es de obligada aplicación el Real Decreto 20/2017, de 20 de enero, sobre los vehículos al final de su vida útil, el CAT deberá emitir el certificado de tratamiento medioambiental. 

En cualquier caso, el CAT se ocupará de anotar la baja electrónicamente en el Registro de Vehículos de la DGT y entregará un justificante de la baja definitiva de la Dirección General de Tráfico indicativo de que el vehículo ha sido dado de baja en el Registro. 

Este justificante servirá para acreditar ante cualquier Administración que tu vehículo ha causado baja en Tráfico. Además este documento dispone de un sistema de verificación que permite comprobar por Internet su autenticidad.

 

Baja definitiva por traslado del vehículo a otro país y baja temporal

En cualquier Jefatura de Tráfico.

Para realizar trámites en todas las jefaturas es necesario solicitar online cita previa o en el teléfono 060.

Coste del trámite

Baja definitiva del vehículo

No tendrás que pagar ninguna tasa por la baja definitiva al tramitarla a través de un CAT.

 

Baja definitiva por traslado del vehículo a otro país

No tendrás que pagar ninguna tasa por la baja por traslado si el vehículo tiene una antigüedad de más de 15 años desde su matriculación en España. En caso contrario, tendrás que abonar la tasa 4.1 de 8,40 euros.

 

Baja temporal del vehículo

No tendrás que pagar ninguna tasa por la baja temporal si te han sustraído el vehículo. En caso contrario, tendrás que abonar la tasa 4.1 de 8,40 euros.

 

Qué medios tienes para hacer el pago

  • Por internet, en la sede electrónica de la DGT, de dos formas: con tarjeta de crédito o débito, o con cargo en cuenta bancaria. El pago electrónico puedes hacerlo antes de ir a solicitar la baja y luego descargar la tasa para poder aplicarla al trámite. Necesitas DNI electrónico o un certificado electrónico en vigor admitido en la Administración General del Estado. Asegúrate de que la cuenta bancaria o la tarjeta con la que vas a realizar el pago, tiene como titular o autorizada a la persona que se identifica con el DNI electrónico o certificado correspondiente.

  • Presencialmente, en cualquier Jefatura de Tráfico, sólo con tarjeta de crédito o débito. Puedes pagar directamente en la realización del propio trámite. En este caso, necesitas solicitar cita previa por internet o llamando al 060.

  • Presencialmente, en cualquier entidad financiera adherida al pago de tasas, de dos formas: en efectivo o con cargo en cuenta bancaria. En este caso, tienes que completar un formulario de autoliquidación conforme el modelo 791 que puedes conseguir en la Jefatura de Tráfico o por internet, a través de la aplicación de pago de tasas de la DGT, sin necesidad de certificado electrónico. Debes rellenarlo y llevarlo a la entidad bancaria que te lo validará cuando hagas el pago. Posteriormente, deberás entregar el ejemplar correspondiente del  impreso debidamente validado en la oficina de la Jefatura de Tráfico.

Quién puede realizarlo

Baja definitiva del vehículo y baja definitiva por traslado a otro país

La documentación la puede presentar el propio interesado o cualquier persona en su nombre siempre que aporte su documento de identificación oficial (DNI original) y autorización del interesado para realizar el trámite, donde exprese su carácter gratuito. Descarga el modelo de autorización de la DGT “Otorgamiento de representación”.

Además también podrán solicitar la baja, terceras personas que acrediten suficientemente la propiedad del vehículo.

 

Baja temporal

La documentación la puede presentar el propio interesado o cualquier persona en su nombre siempre que aporte su documento de identificación oficial (DNI original) y autorización del interesado para realizar el trámite, donde exprese su carácter gratuito. Descarga el modelo de autorización de la DGT “Otorgamiento de representación”.

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